El enfoque
“Personalista-deliberativo”

La mediación, desde la perspectiva del conflicto, es un proceso dinámico, y desde la perspectiva jurídica, es un procedimiento estructurado.
Al hablar de mediación conviene referirse a ella como un proceso que formalmente se desarrolla mediante un determinado procedimiento legal.

La mediación, desde la perspectiva del conflicto, es un proceso dinámico, y desde la perspectiva jurídica, es un procedimiento estructurado. Al hablar de mediación conviene referirse a ella como un proceso que formalmente se desarrolla mediante un determinado procedimiento legal.

Los enfoques teóricos de mediación designan un corpus ideológico sobre el que se asientan los modelos de mediación, y se adscriben a una determinada concepción del conflicto, su tratamiento y resolución; comprenden información teórica, de fundamentación y análisis que se traslada a las metodologías de intervención o modelos de mediación, que son las que lo aplican con un conjunto de estrategias, herramientas y técnicas.

Este nuevo enfoque “Personalista-deliberativo”, está encuadrado en el “paradigma del acuerdo”, primando como objetivo la solución de problemas, y resulta especialmente recomendable para la mediación mercantil.

Se fundamenta teóricamente en los principios de la filosofía personalista, y en el discurso práctico de Jürgen Habermas. La persona en la mediación despliega toda su capacidad de autodeterminación y de interactuación con la otra parte, configurando la comunidad del «nosotros».

El objetivo que persiguen las partes con su participación en la mediación como un espacio de justicia es, en definitiva, la consecución de acuerdos que pongan fin a sus discrepancias mediante un proceso argumentativo en búsqueda cooperativa de la verdad y de lo que es justo para ellas.

“La mediación es una institución orientada a garantizar que las partes protagonicen un buen debate negococial”

Josep Aguiló Regla